LOCAL ESQUINERO EN RUISEÑORES, POSIBILIDAD CAMBIO USO A VIVIENDA
En zona Ruiseñores, junto a Paseo Sagasta y otras arterias principales como Paseo Gran Vía y Avda. Tenor Fleta. Dentro del área de influencia del Campus Universitario.
Área de alto interés residencial por contar con todos los servicios necesarios, núcleos de ocio urbano y comercio de todo tipo. Bien comunicado por varias líneas de autobús urbano y la línea de Tranvía.
En calle Mario Lasala Valdés, junto a la ribera del Río Huerva, zona en auge en la actualidad debido al plan de regeneración puesto en marcha, que busca convertir el cauce del río en un corredor ecológico de 2,5 km con ocho parques fluviales y nuevas zonas peatonales, conectando el Parque Grande José Antonio Labordeta con el Ebro para mejorar la biodiversidad y crear nuevos espacios de convivencia.
En edificio de los años 70, bien conservado en instalaciones y zonas comunes.
Local en planta baja, esquinero, con dos fachadas exteriores a las calle Mario Lasala Valdés y calle Río Huerva. Muy luminoso y alejado del tráfico rodado y de las zonas de mucho tránsito.
Superficie de unos 110 m2 en planta. Dividido en varios espacios de trabajo en la actualidad (ver plano). Reformado y equipado hace pocos años, se encuentra en perfecto estado para llevar a cabo cualquier actividad de atención al público y comercio.
Posibilidad de cambio de uso a vivienda, solicitando proyecto de técnico competente y autorización al ayuntamiento. (el local contiguo ya se encuentra en uso como vivienda).
Para más información y visitas, ALIERTA.
Cláusula de Transparencia y Desglose de Gastos.
En cumplimiento de las obligaciones de información previstas en la Ley para la Defensa de Consumidores y Usuarios (TRLDCU), así como en la normativa sectorial vigente, se hace constar que el precio de venta indicado no incluye los gastos e impuestos inherentes a la adquisición, los cuales se desglosan a continuación:
Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP):
Se aplicará el tipo impositivo vigente en la Comunidad Autónoma de Aragón (generalmente un 8% sin perjuicio de tipos reducidos aplicables según las circunstancias personales del comprador o las características del inmueble).
El impuesto se devenga sobre el Valor de Referencia de Catastro o el precio de venta, aquel que resulte superior.
www.aragon.es/tramitador/-/tramite/impuesto-transmisiones-patrimoniales-actos-juridicos-documentados
Gastos de Notaría: Los honorarios notariales se calcularán conforme al arancel oficial regulado en el Anexo I del Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel Notarial.
Gastos de Registro: La inscripción en el Registro de la Propiedad se facturará según el arancel oficial establecido en el Anexo I del Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel Registral.
Gastos de Gestión, si los hubiera (Gestoría): Los honorarios por la tramitación administrativa, liquidación de impuestos e inscripción registral (Desde 300 € has 1.000 €, según qué empresa lo gestione, o si lo hace el banco hipotecante en su caso).
Gastos relativos a la Financiación (Hipoteca o Préstamo), en el caso de que sea necesaria: Deberán ser consensuados con la entidad financiera.