MAGNÍFICO VIVIENDA EN ACTUR, LUZ Y VISTAS, GARAJE Y TRASTERO. UBICACIÓN EXCEPCIONAL
En distrito Áctur, área residencial por excelencia, rodeada de 8 parques y próximo a la ribera del río Ebro, que cuenta con todos los servicios necesarios, además de comercio de todo tipo, cerca de Gran Casa y Carrefour, y excelentes comunicaciones con el resto de la ciudad con varias líneas de autobús urbano y la línea de Tranvía.
Frente Grancasa, en un edificio de los años noventa, bien conservado y mantenido en sus instalaciones y zonas comunes. Con amplias zonas comunes y entrada por dos calles. Ascensores a cota cero.
Planta alta con vistas panorámicas de la zona. Superficie de unos 115 m2 útiles con buena distribución en planta cuadrada. Salón con salida a terraza, cocina con salida a galería, cuatro dormitorios y dos baños. Con posibilidad de distribuir salón y cocina en concepto abierto a la entrada.
Calefacción con sistema centralizado, pero gastos de comunidad ajustados.
El precio incluye plaza de garaje y cuarto trastero en el sótano del edificio.
Para más información y visitas, ALIERTA.
*IMPORTANTE*
Cláusula de Transparencia y Desglose de Gastos (Ley 10/2025)
En cumplimiento de las obligaciones de información previstas en la Ley 10/2025, de 28 de diciembre, de servicios de atención a la clientela y transparencia, así como en la normativa sectorial vigente, se hace constar que el precio de venta indicado no incluye los gastos e impuestos inherentes a la adquisición, los cuales se desglosan a continuación:
Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP):
Se aplicará el tipo impositivo vigente en la Comunidad Autónoma de Aragón (generalmente un 8% sin perjuicio de tipos reducidos aplicables según las circunstancias personales del comprador o las características del inmueble).
El impuesto se devenga sobre el Valor de Referencia de Catastro o el precio de venta, aquel que resulte superior.
ww.aragon.es/tramitador/-/tramite/impuesto-transmisiones-patrimoniales-actos-juridicos-documentados
Gastos de Notaría: Los honorarios notariales se calcularán conforme al arancel oficial regulado en el Anexo I del Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel Notarial.
Gastos de Registro: La inscripción en el Registro de la Propiedad se facturará según el arancel oficial establecido en el Anexo I del Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel Registral.
Gastos de Gestión, si los hubiera (Gestoría): Los honorarios por la tramitación administrativa, liquidación de impuestos e inscripción registral (Desde 300 € has 1.000 €, según qué empresa lo gestione, o si lo hace el banco hipotecante en su caso).
Gastos relativos a la Financiación (Hipoteca o Préstamo), en el caso de que sea necesaria: Deberán ser consensuados con la entidad financiera.