Inmobiliaria Alierta
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Carretera Sagunto-Daroca

Ref: 1039
Chalet Independiente
1.600 m2 construidos.
1.500 m2 útiles.
7.500 m2 de parcela.
Venta: 187.000 €
Habitaciones. . . . 12
Baños. . . . 3
Garaje. . . .
Zonas verdes. . . .
Calefacción: Leña
Calf. Energ: G
Chalet Independiente en venta en Daroca, con 1.600 m2 y 12 habitaciones y 3 baños.
Descripción

"Torre singular, datada del siglo XIX y ubicada en la carretera de Daroca a Teruel. Se denomina "Torre del Pilar" o "Torre del Campillo" y se trata de un conjunto histórico único, ubicado junto a un núcleo urbano pero caracterizado por el conjunto de árboles singulares que contiene en su interior.
Se trata de una casa principal de tres plantas y gran porche (acristalado en su origen), con otras construcciones aledañas como capilla, granero, apartamento independiente, cuadra, cochera y casa antigua con corral, en total unos 990 m2 de uso urbano.
El terreno, rústico de regadío, ocupa en su conjunto cerca de 8.000 m2, con os entradas - salidas y que se compone de las edificaciones descritas, jardín con arbolado y huerto.
El terreno de arbolado, de más de 40 años de antigüedad y algún ejemplar centenario catalogado y clasificado en los libros especializados, consta de dos grandes parques con arbolado ornamental compuesto de dos sequoias, un pinsapo, un abeto, un cedro de Líbano y otros cedros, un pino piñonero, dos tejos, un magnolio, dos castaños de indias, una acacia llorona, cipreses arizona, varias tuyas, bambú y gran cantidad de palmeras, algunas de ellas mauritanas.
Grandes posibilidades como vivienda habitual por su buena comunicación con por carretera nacional y autovías, segunda vivienda por su entorno incomparable en el valle del Jiloca, o uso terciario como lugar de celebración de eventos o actividad museística. Más información, ALIERTA.

*IMPORTANTE*

Cláusula de Transparencia y Desglose de Gastos (Ley 10/2025)

En cumplimiento de las obligaciones de información previstas en la Ley 10/2025, de 28 de diciembre, de servicios de atención a la clientela y transparencia, así como en la normativa sectorial vigente, se hace constar que el precio de venta indicado no incluye los gastos e impuestos inherentes a la adquisición, los cuales se desglosan a continuación:

Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP):

Se aplicará el tipo impositivo vigente en la Comunidad Autónoma de Aragón (generalmente un 8% sin perjuicio de tipos reducidos aplicables según las circunstancias personales del comprador o las características del inmueble).

El impuesto se devenga sobre el Valor de Referencia de Catastro o el precio de venta, aquel que resulte superior.

www.aragon.es/tramitador/-/tramite/impuesto-transmisiones-patrimoniales-actos-juridicos-documentados

Gastos de Notaría: Los honorarios notariales se calcularán conforme al arancel oficial regulado en el Anexo I del Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel Notarial.

Gastos de Registro: La inscripción en el Registro de la Propiedad se facturará según el arancel oficial establecido en el Anexo I del Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel Registral.

Gastos de Gestión, si los hubiera (Gestoría): Los honorarios por la tramitación administrativa, liquidación de impuestos e inscripción registral (Desde 300 € has 1.000 €, según qué empresa lo gestione, o si lo hace el banco hipotecante en su caso).

Gastos relativos a la Financiación (Hipoteca o Préstamo), en el caso de que sea necesaria: Deberán ser consensuados con la entidad financiera.